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Against Phormio
DemosthenesPhor 1 · spanish-geminiMore by Demosthenes
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Original / primary: Spanish Gemini
1
Les pediremos justicia, señores jueces, para que nos escuchen con benevolencia mientras hablamos por nuestro turno, reconociendo que somos personas totalmente ajenas a los tribunales y que, aunque hemos acudido a su emporio durante mucho tiempo y hemos celebrado contratos con muchos, nunca hemos entablado un litigio ante ustedes, ni demandando ni siendo demandados por otros.
2
Y ni siquiera ahora, ténganlo por seguro, señores atenienses, si hubiéramos supuesto que se había perdido el dinero en el barco que naufragó, el que prestamos a Formión, jamás habríamos entablado el juicio contra él; no somos tan desvergonzados ni tan inexpertos en sufrir pérdidas. Pero como muchos nos reprochaban, y especialmente los que estuvieron en el Bósforo junto con Formión, quienes sabían que este no había perdido el dinero en el barco, consideramos que es grave no ayudarnos a nosotros mismos siendo víctimas de una injusticia por su parte.
3
Sobre la excepción procesal, el argumento es breve; pues ni siquiera ellos niegan que el contrato se haya realizado en su emporio, sino que dicen que ya no existe ningún contrato entre ellos; pues afirman no haber hecho nada fuera de lo escrito en el documento.
4
Las leyes, bajo las cuales ustedes se sientan como jueces, no dicen eso, sino que han permitido presentar una excepción procesal solo para los contratos que no se realizaron en absoluto en Atenas ni en el emporio de los atenienses; pero si alguien admite que el contrato se realizó, pero disputa que ha cumplido con todo lo acordado, ordenan que se defienda entrando en un juicio directo, no que acuse al demandante. Sin embargo, yo espero demostrar, a partir del propio asunto, que el juicio es admisible.
5
Consideren, señores atenienses, qué es lo que admiten estos mismos y qué es lo que contradicen; pues así es como mejor podrían examinarlo. Admiten haber tomado prestado el dinero y haber hecho un acuerdo de préstamo, pero dicen haber devuelto el oro a Lampis, el siervo de Dión, en el Bósforo. Nosotros, por tanto, no solo demostraremos que no lo devolvió, sino que ni siquiera le era posible devolverlo. Es necesario contarles brevemente los hechos desde el principio.
6
Pues yo, señores atenienses, presté a este Formión veinte minas para un viaje de ida y vuelta al Ponto con otra garantía, y deposité el contrato ante el banquero Kitto. Y aunque el contrato ordenaba cargar en el barco mercancías por valor de cuatro mil dracmas, hace lo más grave de todo; pues inmediatamente en el Pireo toma prestado a escondidas nuestras, de Teodoro el fenicio, cuatro mil quinientas dracmas, y del naviero Lampis, mil dracmas.
7
Y debiendo él comprar mercancías en Atenas por valor de ciento quince minas, si iba a cumplir con todos los prestamistas lo escrito en los contratos, no compró más que por cinco mil quinientas dracmas, incluyendo las provisiones; y debe setenta y cinco minas. Este fue, pues, el comienzo de la injusticia, señores atenienses; pues ni presentó la garantía ni cargó el dinero en el barco, a pesar de que el contrato ordenaba obligatoriamente cargarlo. Tomen el contrato. CONTRATO. Tomen también la declaración de los recaudadores del impuesto del dos por ciento y los testimonios. DECLARACIÓN. TESTIMONIOS.
8
Al llegar, pues, al Bósforo, llevando cartas mías que le di para que las entregara a mi hijo que pasaba el invierno allí y a un socio, habiendo escrito en la carta tanto el dinero que había prestado como la garantía, y habiéndole ordenado que, tan pronto como se retirara el dinero, lo examinara y vigilara, este no entrega las cartas que recibió de mí, para que no supieran nada de lo que él estaba haciendo; y al encontrar en el Bósforo los asuntos en mal estado debido a la guerra que se produjo entre Parisades y el escita, y una gran falta de ventas de las mercancías que llevaba, estaba en total apuro; pues también los prestamistas que habían prestado para los viajes de ida le reclamaban.
9
De modo que, cuando el naviero le ordenaba, según el contrato, cargar las compras de mi dinero, este, que ahora afirma haber devuelto el oro, dijo que no podría cargar el dinero en el barco; pues la mercancía no se vendía. Y a aquel le ordenaba zarpar, y él mismo, cuando vendiera las mercancías, dijo que zarparía en otro barco. Léanme este testimonio. TESTIMONIO.
10
Después de esto, señores atenienses, este se quedó en el Bósforo, y Lampis, habiendo zarpado, naufragó no lejos del emporio; pues estando el barco ya cargado, según oímos, más de lo debido, cargó además sobre la cubierta mil pieles, de donde también ocurrió la pérdida del barco. Y él mismo se salvó en el bote junto con los otros siervos de Dión, pero perdió más de treinta personas libres además de los otros. Habiendo gran duelo en el Bósforo cuando se enteraron de la pérdida del barco, todos felicitaban a este Formión, porque ni se embarcó ni cargó nada en el barco. Y coincidía el mismo relato tanto de los otros como de este. Léanme estos testimonios. TESTIMONIOS.
11
El propio Lampis, pues, a quien dice haber devuelto el oro( a este presten atención), cuando yo me acerqué a él, tan pronto como llegó a Atenas tras el naufragio, y le pregunté sobre esto, decía que este ni había cargado el dinero en el barco según el contrato, ni había recibido el oro de él en el Bósforo entonces. Léanme el testimonio de los presentes. TESTIMONIO.
12
Cuando, pues, señores atenienses, este Formión llegó habiéndose salvado en otro barco, me acerqué a él reclamándole el préstamo. Y este, al principio, señores atenienses, nunca dijo este argumento que ahora dice, sino que siempre admitía que devolvería; pero cuando se consultó con los que ahora están presentes con él y le defienden, ya era otro y no el mismo.
13
Y como me di cuenta de que me estaba dando largas, me acerco a Lampis, diciendo que Formión no hace nada de lo justo ni devuelve el préstamo, y a la vez le pregunté si sabía dónde estaba, para poder citarlo. Él me dijo que le siguiera, y encontramos a este junto a las tiendas de perfumes; y yo, teniendo testigos, lo cité.
14
Y Lampis, señores atenienses, estando presente cuando yo lo citaba, no se atrevió en ningún momento a decir que había recibido el oro de este, ni dijo lo que era natural: Crisipo,¿ estás loco?¿ Por qué citas a este? Pues a mí me ha devuelto el oro. Pero no es que Lampis hablara, sino que ni siquiera este mismo se dignó a decir nada, estando presente Lampis, a quien ahora dice haber devuelto el oro.
15
Y sin embargo, era natural que él dijera: señores atenienses,¿ por qué me citas, hombre? Pues he devuelto el oro a este que está presente, y a la vez presentar a Lampis admitiéndolo; pero ahora ninguno de los dos dijo nada en tal momento. Y que digo la verdad, toma el testimonio de los testigos. TESTIMONIO.
16
Toma también la demanda que le puse el año pasado; lo cual no es menor indicio de que Formión aún no decía entonces haber devuelto el oro a Lampis. DEMANDA. Esta demanda escribía yo, señores atenienses, no mirando a otra parte sino a la declaración de Lampis, quien no decía que este hubiera cargado el dinero ni que hubiera recibido el oro; pues no crean que estoy tan loco y totalmente fuera de mis cabales como para escribir tal demanda admitiendo Lampis haber recibido el oro, por quien iba a ser refutado.
17
Además, señores atenienses, consideren también esto: pues ellos mismos, al presentar una excepción procesal el año pasado, no se atrevieron a escribir en la excepción que habían devuelto el oro a Lampis. Tomen la excepción misma. EXCEPCIÓN. Escuchan, señores atenienses, que en ninguna parte está escrito en la excepción que Formión haya devuelto el oro a Lampis, y esto habiendo yo escrito expresamente en la demanda que escucharon hace poco, que ni cargó el dinero en el barco ni devolvió el oro.¿ A qué otro testigo deben esperar, cuando tienen un testimonio tan grande de estos mismos?
18
Estando el juicio a punto de entrar en el tribunal, nos pedían que lo sometiéramos a alguien; y nosotros lo sometimos a Teodoto, un isotele, según un acuerdo. Y Lampis, después de esto, pensando que ya era seguro para él testificar ante un árbitro lo que quisiera, habiéndose repartido mi oro con este Formión, testificaba lo contrario de lo que había dicho antes.
19
Pues no es lo mismo, señores atenienses, testificar falsamente mirando a sus rostros que ante un árbitro; pues ante ustedes hay una gran ira y castigo para los que testifican falsamente, pero ante el árbitro testifican sin peligro y sin vergüenza lo que quieran. Indignándome yo y lamentándome, señores atenienses, por la audacia de Lampis,
20
y presentando ante el árbitro el mismo testimonio que ahora presento ante ustedes, de los que se acercaron a él desde el principio junto con nosotros, cuando decía que ni había recibido el oro de este ni que él había cargado el dinero en el barco, así Lampis, siendo refutado con fuerza por testificar falsamente y siendo un malvado, admitía haber dicho eso ante este, pero no estando en sus cabales al decirlo. Léanme este testimonio. TESTIMONIO.
21
Habiéndonos escuchado, pues, señores atenienses, Teodoto muchas veces, y pensando que Lampis testificaba falsamente, no falló el juicio, sino que nos dejó ir al tribunal; pues no quiso condenar debido a que tiene una relación cercana con este Formión, como supimos después, pero dudaba en fallar el juicio, para que él mismo no cometiera perjurio.
22
A partir del propio asunto, calculen, señores jueces, entre ustedes mismos, de dónde iba a devolver este el oro. Pues de aquí zarpaba sin cargar el dinero en el barco y sin tener garantía, sino habiendo tomado prestado sobre mi dinero; y en el Bósforo encontró una falta de ventas de las mercancías, y apenas pudo liquidar a los que habían prestado para los viajes de ida.
23
Y este le prestó dos mil dracmas para un viaje de ida y vuelta, para recuperar en Atenas dos mil seiscientas dracmas; pero Formión dice haber devuelto a Lampis en el Bósforo ciento veinte estateras de Cícico( a esto presten atención) habiendo tomado prestado con intereses de tierra. Los intereses de tierra eran de un sexto, y el estatera de Cícico valía allí veintiocho dracmas áticas.
24
Deben saber cuánto dinero dice haber devuelto. Pues de los ciento veinte estateras resultan tres mil trescientas sesenta, y el interés de tierra de un sexto de las treinta minas y tres y sesenta es de quinientas sesenta dracmas; y el capital total resulta tanto y tanto.
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Existe, pues, señores jueces, este hombre o existirá alguna vez, que en lugar de dos mil seiscientas dracmas prefiriera pagar treinta minas y trescientas sesenta, y habiendo tomado prestado un interés de quinientas sesenta dracmas, las que Formión dice haber devuelto a Lampis, tres mil novecientas veinte; y pudiendo devolver el dinero en Atenas para un viaje de ida y vuelta,¿ lo devolvió en el Bósforo, con trece minas más?
26
Y a los que prestaron para los viajes de ida apenas les devolviste el capital, quienes navegaron contigo y te vigilaban;¿ y a este que no estaba presente no solo le devolvías el capital y los intereses, sino que también pagabas las multas del contrato, sin que tuvieras ninguna necesidad?
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Y a aquellos no les temías, a quienes los contratos en el Bósforo daban la ejecución del préstamo;¿ y de este dices preocuparte, a quien desde el principio ya injuriabas no cargando el dinero en el barco según el contrato desde Atenas?¿ Y ahora, viniendo al emporio donde se realizó el contrato, no dudas en privar al que prestó; y en el Bósforo dices hacer más de lo justo, donde no ibas a dar cuenta?
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Y todos los demás que toman préstamos para viajes de ida y vuelta, cuando son enviados desde los emporios, presentan a muchos, testificando que el dinero ya está en riesgo para el prestamista;¿ y tú te escudas en un solo testigo, el mismo que es cómplice en la injusticia, y ni tomaste a nuestro siervo que estaba en el Bósforo ni al socio, ni les entregaste las cartas que nosotros añadimos, en las que estaba escrito que te vigilaran en lo que hicieras?
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Y sin embargo, señores jueces,¿ qué no haría tal persona, que habiendo recibido cartas no las entregó correcta y justamente?¿ O cómo no es evidente para ustedes la maldad de este a partir de lo que hacía? Y sin embargo, por la tierra y los dioses, correspondía, al devolver tanto oro, y más que el préstamo, hacerlo notorio en el emporio, y llamar a todos los hombres, primero al siervo de este y al socio;
30
pues saben que todos, sin duda, toman préstamos con pocos testigos, pero cuando devuelven, presentan muchos testigos, para parecer justos en los contratos. Y a ti, devolviendo el préstamo y ambos intereses, habiendo usado el dinero para un viaje de ida y vuelta, y añadiendo otras trece minas,¿ cómo no ibas a tener que tomar muchos testigos? Y si hubieras hecho esto, ni uno solo de los que navegan sería más admirado que tú.
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Y tú, en lugar de hacer que muchos testigos de esto, intentabas ocultarlo a todos los hombres, como si hicieras algo injusto. Y si me devolvieras a mí, el prestamista, no habría necesidad de testigos; pues habiendo retirado el contrato te habrías liberado del contrato; pero ahora, no devolviéndolo a mí, sino a otro en mi nombre, y no en Atenas, sino en el Bósforo, y estando el contrato depositado en Atenas y ante mí, y siendo mortal aquel a quien devolvías el oro y teniendo que navegar un mar tan grande, no hiciste a ningún testigo, ni esclavo ni libre.
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Pues el contrato, dice, me ordenaba devolver el oro al naviero. Pero no prohibía llamar a testigos, ni entregar las cartas. Y estos hicieron dos contratos contigo sobre el contrato, como harían los que más desconfían; y tú solo, a solas, dices haber dado el oro al naviero, sabiendo que había un contrato contra ti en Atenas ante este.
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Y dice que el contrato ordena devolver el dinero una vez salvado el barco. Pues también te ordena cargar las compras en el barco, y si no, pagar cinco mil dracmas. Pero tú no tomas esto del contrato, y habiendo transgredido desde el principio y no cargando el dinero, disputas sobre una palabra de las que están en el contrato, y esto habiéndolo anulado tú mismo. Pues cuando dices en el Bósforo que no cargaste el dinero en el barco, sino que devolviste el oro al naviero,¿ por qué hablas todavía del barco? Pues no has participado del riesgo debido a que no cargaste nada.
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Y al principio, señores jueces, se lanzó a esta excusa, como si hubiera cargado el dinero en el barco; pero cuando esto iba a ser refutado por muchos como falso, tanto por la declaración en el Bósforo ante los recaudadores del puerto como por los que estaban en el emporio durante el mismo tiempo, entonces, cambiando, se alía con Lampis y dice haber devuelto el oro a aquel,
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tomando como provisión que el contrato lo ordena, pero no creyendo que nosotros pudiéramos refutar fácilmente lo que ellos solos hicieron entre sí. Y Lampis, lo que dijo ante mí antes de ser corrompido por este, dice que no estaba en sus cabales al decirlo; pero cuando se repartió mi oro, entonces dice estar en sus cabales y recordar todo con precisión.
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Si, pues, señores jueces, Lampis me despreciara solo a mí, no sería nada sorprendente; pero ahora ha hecho cosas mucho más graves que esto contra todos ustedes. Pues habiendo hecho un pregón Parisades en el Bósforo, que si alguien quiere transportar grano a Atenas al emporio ático, que exporte el grano libre de impuestos, Lampis, estando en el Bósforo, tomó la exportación del grano y la exención de impuestos en nombre de la ciudad, y habiendo cargado un gran barco de grano lo llevó a Acanto y allí lo vendió el que se asoció con este con su dinero.
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Y esto hizo, señores jueces, viviendo en Atenas, y teniendo mujer e hijos aquí, y habiendo puesto las leyes las penas más extremas, si alguien viviendo en Atenas transportara grano a otro lugar que no fuera el emporio ático, y además en tal momento, en el que ustedes, los que viven en la ciudad, se medían la harina en el Odeón, y los que estaban en el Pireo recibían en el arsenal los panes por un óbolo y en la Estoa Larga la harina, midiéndose por medio hekteus y siendo pisoteados. Y que digo la verdad, tómame el testimonio y la ley. TESTIMONIO. LEY.
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Formión, pues, usando a este como socio y testigo, cree que debe privarnos del dinero, nosotros que hemos continuado transportando grano a su emporio, y habiendo ya tres ocasiones que han afectado a la ciudad, en las que ustedes examinaban a los útiles para el pueblo, no hemos faltado a ninguna de estas, sino que cuando Alejandro avanzaba hacia Tebas, les donamos un talento de plata;
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cuando el grano subió de precio la primera vez y llegó a dieciséis dracmas, habiendo importado más de diez mil medimnos de trigo, se los medimos al precio establecido, cinco dracmas el medimno, y esto todos lo saben midiéndose en el Pompeión; y el año pasado para la compra de grano en nombre del pueblo les donamos un talento mi hermano y yo. Léanme los testimonios de esto. TESTIMONIOS.
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Pero ciertamente, si hay que conjeturar también por esto, no era natural que nosotros donáramos tanto dinero para tener buena fama ante ustedes, y calumniáramos a Formión para perder también la reputación que tenemos. Justamente, pues, nos ayudarían, señores jueces. Pues les demostré que este ni cargó desde el principio las mercancías en el barco de todo lo que tomó prestado en Atenas, y que de las vendidas en el Bósforo apenas liquidó a los que prestaron para los viajes de ida,
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además que ni teniendo recursos ni siendo tan necio como para pagar treinta y nueve minas en lugar de dos mil seiscientas dracmas, y además de esto, cuando dice haber devuelto el oro a Lampis, ni tomó a mi siervo ni al socio que estaba en el Bósforo. Y Lampis mismo me testifica que no ha recibido el oro, antes de ser corrompido por este.
42
Y sin embargo, si Formión demostrara así uno por uno, no sé cómo se habría defendido mejor. Sobre que el juicio es admisible, la ley misma testifica, ordenando que los juicios comerciales sean de los contratos realizados en Atenas y en el emporio de los atenienses, y no solo de los realizados en Atenas, sino también de todos los que se realicen a causa del viaje a Atenas. Tomen las leyes. LEYES.
43
Que el contrato se realizó entre mí y Formión en Atenas, ni ellos mismos lo niegan, pero presentan una excepción procesal como si el juicio no fuera admisible. Pero¿ a qué tribunal entraríamos, señores jueces, si no ante ustedes, donde realizamos el contrato? Pues sería grave si, por causa del viaje a Atenas, yo fuera injuriado, tener ante ustedes la justicia contra Formión, y, puesto que el contrato se realizó en su emporio, decir que estos no darán cuenta ante ustedes.
44
Y cuando sometimos el arbitraje a Teodoto, admitieron que el juicio era admisible contra ellos para mí; pero ahora dicen lo contrario de lo que ellos mismos habían acordado antes, como si debieran dar cuenta ante Teodoto el isotele sin excepción procesal, pero cuando entramos en el tribunal de los atenienses, el juicio ya no fuera admisible.
45
Y yo pienso,¿ qué habría escrito en la excepción si Teodoto hubiera fallado el juicio, cuando ahora, habiendo decidido Teodoto que fuéramos al tribunal, dice que el juicio no es admisible ante ustedes, ante quienes aquel decidió que fuéramos? Sufriría lo más grave si las leyes de los contratos en Atenas ordenan que los juicios sean ante los tesmotetes, y ustedes fallaran el juicio habiendo jurado votar según las leyes.
46
De que nosotros prestamos el dinero, tanto los acuerdos como este mismo es testigo; pero de que lo ha devuelto no hay ningún testigo fuera de Lampis, el cómplice en la injusticia. Y este remite la devolución solo a aquel, y yo a Lampis mismo y a los que le escucharon cuando decía que no había recibido el oro. A este, pues, se le puede juzgar a mis testigos, si dice que no testifican la verdad; y yo no sé qué hacer con los testigos de este, que dicen saber que Lampis testifica haber recibido el oro. Pues si el testimonio de Lampis se presentara aquí, quizás dirían estos que es justo que yo lo denuncie; pero ahora ni tengo este testimonio, y este cree que debe quedar impune sin dejar ninguna garantía firme de lo que convence a ustedes de votar.
47
Y¿ cómo no sería extraño si, admitiendo el propio Formión haber tomado prestado, y diciendo haber devuelto, hicieran inválido lo admitido por este mismo, y votaran como válido lo disputado? Y Lampis, a quien este se escuda como testigo, testifica negando desde el principio que ha recibido el oro;¿ y ustedes fallarían que aquel lo ha recibido, de quien no hay testigos del hecho?
48
Y lo que dijo con la verdad,¿ no lo usarían como indicio, y lo que mintió después, cuando fue corrompido, lo considerarían más digno de crédito? Y sin embargo, señores atenienses, es mucho más justo conjeturar por lo dicho desde el principio que por lo urdido después. Pues lo primero lo decía no por preparación, sino por la verdad, y lo segundo mintiendo después y por lo que le convenía.
49
Y recuerden, señores atenienses, que ni el propio Lampis negó haber dicho que no había recibido el oro, sino que admitía haberlo dicho, pero no estando en sus cabales al decirlo.¿ No es, pues, extraño si del testimonio de aquel escucharán fielmente lo que es a favor del que priva, y lo que es a favor de los privados será increíble ante ustedes?
50
De ninguna manera, señores jueces. Pues ustedes son los mismos que castigaron con la muerte, tras una denuncia ante el pueblo, al que había tomado prestado mucho dinero del emporio y no había presentado las garantías a los prestamistas, y esto siendo ciudadano suyo y de padre que había sido estratego.
51
Pues consideran que tales personas no solo injurian a los que se encuentran, sino que también dañan en común al emporio, justamente. Pues las facilidades para los que trabajan no son de los que toman prestado, sino de los que prestan, y no es posible que zarpe ni barco ni naviero ni pasajero, si se quita la parte de los que prestan.
52
En las leyes, pues, hay muchas y buenas ayudas para ellos; pero ustedes deben mostrarse corrigiendo y no consintiendo a los malvados, para que tengan la mayor utilidad posible del emporio. Y la habrá, si protegen a los que arriesgan lo suyo, y no permiten que sean injuriados por tales bestias. Yo, pues, he dicho todo lo que pude; pero llamaré también a algún otro de los amigos, si lo ordenan.

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